La Ley de Colegios Profesionales de Andalucía, Ley 10/2003, de 6 de noviembre, en su artículo 27.c, establece, como uno de los deberes de los colegiados, la obligatoriedad de un Seguro de Responsabilidad Civil, como requisito para el ejercicio de la profesión.
Asimismo, el artículo 18.2.q impone, como una de las funciones a cumplir por los Colegios Profesionales, adoptar las medidas necesarias para garantizar que sus colegiados cumplan con el deber de aseguramiento al que se refiere el artículo 27.c, citado anteriormente.
Por otra parte, la Orden reguladora de la acreditación de los laboratorios de ensayos, Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 18/2/2004, establece que el personal técnico del laboratorio responsable de la realización de los análisis, pruebas y ensayos físicos y químicos solicitados y consecuente emisión de actas de resultados de ensayos a terceros, debe estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. Asimismo establece que vendrá determinada la actuación de los técnicos, en todo caso, por las disposiciones legales vigentes para cada profesión, de acuerdo con sus respectivas especialidades y competencias específicas.
Procedimiento:
El Colegiado cuando solicite el visado (y el reconocimiento de firma) de un ensayo, análisis o pruebas que realiza, deberá justificar que se encuentra en posesión del Seguro de Responsabilidad Civil profesional en el que se incluyan las actividades que realiza (ensayos, anális …) así como relación nominal del personal técnico titulado responsable de su realización.
- Fotocopia del Seguro de Responsabilidad Civil.
- Fotocopia del contrato de trabajo del Colegiado (en caso de que no venga reflejado el nombre del mismo en el Seguro de Responsabilidad Civil).
- Una vez visadas las Actas, el Colegio se queda con una para su guarda. A la hora de solicitar el Visado para las Actas de Ensayo, debe de ir la firma original del Colegiado en cada una de ellas.
Tabla de precios:
Número de documentos | Precio por documento |
de 1 a 25 | 20.00 € + IVA |
de 26 a 50 | 18.00 € + IVA |
más de 51 | 16.00 € + IVA |
*El abono puede ser en efectivo o por transferencia bancaria (contactar con Secretaría). La copia visada que se queda en custodia el Colegio no tendrá ningún coste para el interesado/s.